Esta es una duda que muchos de los autónomos y micropymes de este país se plantean a la hora de adquirir un bien para su negocio. Y en muchas ocasiones, se tiende a optar por la modalidad de préstamo debido a que es la más conocida de las dos obviando los beneficios que puede darnos la modalidad del leasing.
El préstamo no hace falta definirlo ni explicarlo porque es sobradamente conocido. Y de manera resumida podemos definir el leasing como un contrato de alquiler con opción a compra.
Antes de entrar a comparar ambas modalidades es necesario responder a dos preguntas para saber si el bien que pretendo adquirir para mi negocio es o no susceptible de financiación mediante leasing:
1. En caso únicamente de los autónomos, ¿es mi régimen fiscal de estimación objetiva o por módulos? En caso de que tu respuesta sea de estimación objetiva, ¡enhorabuena!, puedes pasar a la siguiente pregunta. El motivo es que en el régimen de módulos no nos permite aprovechar las ventajas fiscales del leasing respecto al préstamo.
2. ¿El bien que voy a comprar va a formar parte de mi inmovilizado? Resumiendo, ¿me lo voy a quedar o no? Si la respuesta es SI, bravo, puedes optar a financiar el bien mediante leasing. De esta manera podemos financiar cualquier activo fijo productivo para tu negocio: desde una máquina elevadora para un taller de coches, hasta toda la ropa de cama de un hotel, pasando por varias vacas lecheras para un ganadero.
Desventajas del leasing respecto al préstamo
En el leasing tenemos unos plazos mínimos legales: 24 meses para bienes mobiliarios y 120 meses para bienes inmuebles mientras que en el préstamo no contamos con ninguna restricción.
El leasing puede acarrear un coste final para hacernos con la propiedad del bien, ya que en la opción de compra se fija un valor residual que puede variar desde una cuota mensual fija a suponer el valor del suelo en un bien inmueble.
Ventajas del leasing respecto al préstamo
Ventaja fiscal: (posiblemente la principal y la que lo convierte en el producto más atractivo) todo bien que se dedique exclusivamente a nuestra actividad y este financiado por arrendamiento financiero nos permite hacer uso de las tablas de amortización acelerada.
De esta forma aumentamos nuestras desgravaciones fiscales y, además con el leasing, nos podemos desgravar la cuota de manera íntegra (ya que es un servicio) a diferencia del préstamo que solo permite desgravar la carga financiera o intereses.
Liquidez: suponiendo que financiamos el 100% de la base imponible del bien mediante préstamo o leasing y que el IVA lo tenemos nosotros para aportarlo. Con el leasing difiero el pago del impuesto, ya que el bien no es de mi propiedad y ya se paga el IVA de cada cuota que nos pasa la entidad financiera de turno. El IVA lo paga totalmente la entidad financiera con lo que en un principio no me tengo que desprender de ese importe y lo puedo destinar a otras necesidades
Financiación: una entidad financiera está más predispuesta a dar un mayor porcentaje de financiación en un leasing que en un préstamo. Para ellos el alquiler con opción de compra es un producto mucho más ‘seguro’ debido que tiene la propiedad del bien.