La pensión pública vs. los planes privados.
La fiscalidad de los planes de pensiones privados volvió a ponerse de actualidad durante el pasado mes de septiembre cuando Podemos le propuso al PSOE, sin éxito alguno, eliminar las ventajas fiscales de estos productos.
Estas ventajas de las que hablamos consisten por un lado en permitir deducirse las aportaciones que realiza la persona que contrata el plan y, por otro, en no tributar hasta el momento del rescate.
¿Compensa tener un plan de pensiones?
En primer lugar, hay que tener en cuenta que las rentas altas son las que más se desgravan con los planes privados de pensiones. A lo cual hay que añadir que los diferentes tipos aplicados a cada tramo salarial explican que sean este tipo de rentas, aquellas que más beneficio puedan obtener de estos productos.
Desde un punto de vista fiscal, estos productos benefician e interesan siempre y cuando el tipo marginal que se paga por el rescate sea inferior o igual al que se ahorra al hacer la aportación, es decir, que el importe que nos deduzcamos a lo largo de los años con las aportaciones compense el dinero que vamos a pagar al recuperar lo ahorrado.
En cuanto al tipo que se aplicará tras la jubilación, dependerá de la pensión que la persona perciba, además de otras rentas (como por ejemplo un alquiler) que tenga la persona.
A diferencia de otros productos de ahorro, los rescates en planes de pensiones tributan como rentas de trabajo y, por tanto, a tipos que van desde el 19 hasta el 45% -y no como rendimientos del ahorro, a los que se aplican tasas más bajas, entre el 19 y el 23%-.
En definitiva, aunque Podemos no consiguió convencer al PSOE de eliminar las ventajas fiscales de los planes de pensiones, son muchas las variables a tener en cuenta a la hora de decidir si conviene o no tener un plan privado para la jubilación.